¿Cómo convertir un piso turístico a alquiler permanente?: contrato, licencias y fiscalidad
- DAPYME
- 18 sept
- 2 Min. de lectura

Ante los recientes cambios normativos, muchos propietarios se enfrentan al reto de adaptar sus pisos turísticos al régimen de alquiler de larga duración. ¿Qué implica este proceso desde el punto de vista legal y fiscal?
¿Qué implica transformar un piso turístico en uno de alquiler permanente?
Al convertir un inmueble destinado a uso turístico en uno de arrendamiento convencional, el propietario debe asegurarse de cumplir una serie de requisitos legales, fiscales y administrativos.
Revisión del contrato de arrendamiento
El nuevo contrato debe ajustarse a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
La duración mínima será de 5 años si el arrendador es persona física, o 7 si es persona jurídica.
Debe incluir cláusulas claras sobre duración, renta, fianza y gastos.
Licencias y cumplimiento urbanístico
Si el piso contaba con una licencia de uso turístico, es necesario tramitar su revocación o modificación en el Ayuntamiento.
Verifica si el uso residencial es compatible según el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).
Algunos municipios, como Alcorcón o Madrid, exigen la comunicación de cambio de uso.
Seguro obligatorio y certificado energético
Es recomendable adaptar el seguro del hogar, incluyendo cobertura de impago y responsabilidad civil del inquilino.
Asegúrate de que el inmueble cuente con un certificado de eficiencia energética en vigor.
Obligaciones fiscales derivadas
Se tributa por el rendimiento del capital inmobiliario en el IRPF.
Se puede aplicar una reducción del 60 % sobre el rendimiento neto si el alquiler es permanente y para vivienda habitual.
No se aplica IVA al arrendamiento de vivienda permanente.
Notificación a plataformas digitales (si procede)
Debes dar de baja la propiedad en plataformas como Airbnb, Booking o Vrbo.
Es conveniente conservar una traza documental del cese de actividad turística.
Adaptar un piso turístico al alquiler permanente requiere rigor legal, pero también puede traer ventajas fiscales y estabilidad en los ingresos. Desde DAPYME, te acompañamos en todo el proceso para que cada paso esté respaldado jurídicamente.
¿Tienes dudas sobre este tema?
En DAPYME estamos para ayudarte.
Llámanos al 913 54 78 70 | 638 77 14 70 o escríbenos a info@dapyme.comAv. Villaviciosa, 3, 28922 Alcorcón, Madrid
Comentarios