Alquiler de locales comerciales en Alcorcón: claves legales
- DAPYME
- 18 jun
- 2 Min. de lectura

Alquiler de locales comerciales en Alcorcón: claves legales
Elegir un buen local es una de las decisiones más importantes para cualquier pyme o autónomo de Alcorcón. Pero más allá de la ubicación o el precio, es fundamental revisar correctamente el contrato de arrendamiento comercial, ya que puede tener consecuencias económicas y jurídicas a largo plazo.
En este artículo repasamos los aspectos legales clave que debes tener en cuenta al alquilar un local comercial en Alcorcón en 2025.
1. Tipo de contrato: arrendamiento de uso distinto al de vivienda
El alquiler de un local comercial se regula, en primer lugar, por:
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) en su régimen especial para usos distintos de vivienda (artículos 3 y siguientes).
Lo que libremente acuerden las partes en el contrato.
Por tanto, el contrato tiene gran libertad de pacto, pero precisamente por eso debe revisarse cada cláusula con detalle.
2. Duración del contrato
No existe un mínimo ni máximo obligatorio. Lo habitual en locales comerciales suele ser:
Contratos de 5 a 10 años con opción de prórroga.
Posibilidad de pactar cláusulas de resolución anticipada, indemnizaciones por desistimiento o renovación automática.
Clave legal: revisar bien los plazos de preaviso para resolver el contrato sin penalizaciones.
3. Renta y actualización
Se puede fijar cualquier renta libremente.
La revisión anual suele referenciarse al IPC u otro índice pactado.
Algunos contratos incluyen incrementos escalonados ("renta progresiva") los primeros años.
Recomendación DAPYME: vigilar los mecanismos de revisión para evitar subidas
desproporcionadas.
4. Obras y acondicionamiento del local
Es habitual que el arrendatario realice obras de acondicionamiento inicial (reformas, instalaciones, licencias...).
Es imprescindible pactar quién asume el coste de las obras.
Definir si las mejoras revierten o no a la propiedad al finalizar el contrato.
Obtener siempre las licencias municipales correspondientes.
5. Fianzas y garantías adicionales
Fianza legal mínima: dos mensualidades de renta (artículo 36 LAU).
Puede pactarse adicionalmente: aval bancario, depósito en efectivo, seguro de caución, etc.
Consejo: negociar garantías proporcionales a la inversión que vas a realizar en el negocio.
6. Cláusulas críticas a revisar
Limitaciones de uso: actividad permitida, exclusividad o competencia.
Subarriendo o cesión: autorización previa del propietario.
Responsabilidades en seguros, mantenimiento y tributos.
Cláusula de obras: quién responde de reparaciones mayores.
7. Obligación de comunicación de apertura
Antes de iniciar la actividad deberás:
Notificar la apertura a la Consejería de Economía de la Comunidad de Madrid.
Obtener la licencia de actividad municipal en el Ayuntamiento de Alcorcón.
DAPYME puede ayudarte a:
Revisar o redactar tu contrato de arrendamiento comercial.
Negociar condiciones equilibradas con el propietario.
Tramitar las licencias de apertura necesarias.
Proteger tu inversión inicial con cláusulas seguras.
El contrato de alquiler es uno de los pilares del futuro de tu pyme. Una mala negociación puede costarte miles de euros a largo plazo. En DAPYME acompañamos a los negocios de Alcorcón desde el primer día, defendiendo siempre tus intereses.
¿Tienes dudas sobre este tema? En DAPYME estamos para ayudarte. Llámanos al 913 54 78 70 o escríbenos a info@dapyme.com
Kommentare