Obligaciones fiscales con Veri*factu: ¿qué cambia desde 2025?
- DAPYME

- 21 sept
- 2 Min. de lectura

A partir de 2025, autónomos y empresas deberán adoptar el sistema Veri*factu para emitir facturas. Te explicamos los cambios clave y cómo prepararte desde ya con el apoyo de DAPYME.
¿Qué es Veri*factu y por qué es obligatorio?
El sistema Veri*factu (acrónimo de "Verificación de Facturas") nace del Reglamento de desarrollo de la Ley Antifraude. Su objetivo es claro: asegurar que todas las facturas emitidas por los contribuyentes puedan ser verificadas por la Agencia Tributaria en tiempo real, evitando dobles contabilidades y facturación opaca.
Desde 2025, todas las facturas emitidas deben contar con un código identificativo y un sistema que permita su envío inmediato a Hacienda, ya sea de forma automática (si así se autoriza) o manteniéndolas a disposición del organismo fiscal.
¿A quién afecta Veri*factu?
Veri*factu será obligatorio para:
Autónomos en estimación directa, incluidos profesionales liberales.
Sociedades mercantiles, sin importar su tamaño.
Empresas con software de facturación propio o contratado.
Negocios con TPV, incluidos comercios, bares, clínicas, etc.
La obligación es general: si emites facturas, debes adaptarte a este sistema. La única excepción parcial son los autónomos en módulos, que, salvo que se modifique la normativa, no estarán obligados de momento.
¿Qué debe cumplir el software de facturación?
A partir de 2025, el software debe:
Estar certificado y ser inalterable (no permitir la modificación posterior de facturas ya emitidas).
Asignar un código identificativo a cada factura.
Guardar un registro de eventos, accesible por la AEAT.
Permitir la remisión automática a Hacienda, si el contribuyente así lo decide (modo Veri*factu activado).
Emitir un justificante del cumplimiento normativo.
Si el software no cumple, la sanción puede llegar a los 50.000 € por cada año de uso de un sistema inadecuado.
¿Qué plazos hay para adaptarse?
La entrada en vigor definitiva será en el primer semestre de 2025, aunque:
Los desarrolladores de software ya deben estar adaptando sus programas.
Empresas y autónomos deben realizar los cambios entre finales de 2024 e inicios de 2025.
No habrá prórroga, según ha reiterado la Agencia Tributaria.
¿Qué riesgos existen si no me adapto?
Los riesgos son importantes:
Sanciones económicas por uso de software no conforme.
Imposibilidad de justificar gastos si la factura no es válida.
Pérdida de credibilidad ante proveedores o clientes.
Inspecciones más probables, ya que el sistema Veri*factu permite a Hacienda detectar discrepancias casi en tiempo real.
¿Cómo puede ayudarte DAPYME?
En DAPYME ofrecemos soluciones completas para que tu empresa o actividad profesional cumpla con Veri*factu desde el primer día:
Revisión de tu software actual y comprobación de cumplimiento.
Implementación de soluciones homologadas, incluso para negocios pequeños.
Asesoramiento personalizado para adaptar tus procesos de facturación y contabilidad.
Formación al personal para un uso correcto y seguro del nuevo sistema.
Gestión completa de tus declaraciones fiscales, con conexión directa a tu facturación.
¿Tienes dudas sobre este tema?
En DAPYME estamos para ayudarte.
Llámanos al 913 54 78 70 | 638 77 14 70 o escríbenos a info@dapyme.com
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