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Obligaciones fiscales con Veri*factu: ¿qué cambia desde 2025?

  • Foto del escritor: DAPYME
    DAPYME
  • 21 sept
  • 2 Min. de lectura
Representación visual de un empresario adaptándose a las nuevas obligaciones de facturación electrónica bajo el sistema VeriFactu.

A partir de 2025, autónomos y empresas deberán adoptar el sistema Veri*factu para emitir facturas. Te explicamos los cambios clave y cómo prepararte desde ya con el apoyo de DAPYME.


¿Qué es Veri*factu y por qué es obligatorio?

El sistema Veri*factu (acrónimo de "Verificación de Facturas") nace del Reglamento de desarrollo de la Ley Antifraude. Su objetivo es claro: asegurar que todas las facturas emitidas por los contribuyentes puedan ser verificadas por la Agencia Tributaria en tiempo real, evitando dobles contabilidades y facturación opaca.

Desde 2025, todas las facturas emitidas deben contar con un código identificativo y un sistema que permita su envío inmediato a Hacienda, ya sea de forma automática (si así se autoriza) o manteniéndolas a disposición del organismo fiscal.


¿A quién afecta Veri*factu?

Veri*factu será obligatorio para:

  • Autónomos en estimación directa, incluidos profesionales liberales.

  • Sociedades mercantiles, sin importar su tamaño.

  • Empresas con software de facturación propio o contratado.

  • Negocios con TPV, incluidos comercios, bares, clínicas, etc.

La obligación es general: si emites facturas, debes adaptarte a este sistema. La única excepción parcial son los autónomos en módulos, que, salvo que se modifique la normativa, no estarán obligados de momento.


¿Qué debe cumplir el software de facturación?

A partir de 2025, el software debe:

  1. Estar certificado y ser inalterable (no permitir la modificación posterior de facturas ya emitidas).

  2. Asignar un código identificativo a cada factura.

  3. Guardar un registro de eventos, accesible por la AEAT.

  4. Permitir la remisión automática a Hacienda, si el contribuyente así lo decide (modo Veri*factu activado).

  5. Emitir un justificante del cumplimiento normativo.

Si el software no cumple, la sanción puede llegar a los 50.000 € por cada año de uso de un sistema inadecuado.


¿Qué plazos hay para adaptarse?

La entrada en vigor definitiva será en el primer semestre de 2025, aunque:

  • Los desarrolladores de software ya deben estar adaptando sus programas.

  • Empresas y autónomos deben realizar los cambios entre finales de 2024 e inicios de 2025.

  • No habrá prórroga, según ha reiterado la Agencia Tributaria.


¿Qué riesgos existen si no me adapto?

Los riesgos son importantes:

  • Sanciones económicas por uso de software no conforme.

  • Imposibilidad de justificar gastos si la factura no es válida.

  • Pérdida de credibilidad ante proveedores o clientes.

  • Inspecciones más probables, ya que el sistema Veri*factu permite a Hacienda detectar discrepancias casi en tiempo real.


¿Cómo puede ayudarte DAPYME?

En DAPYME ofrecemos soluciones completas para que tu empresa o actividad profesional cumpla con Veri*factu desde el primer día:

  • Revisión de tu software actual y comprobación de cumplimiento.

  • Implementación de soluciones homologadas, incluso para negocios pequeños.

  • Asesoramiento personalizado para adaptar tus procesos de facturación y contabilidad.

  • Formación al personal para un uso correcto y seguro del nuevo sistema.

  • Gestión completa de tus declaraciones fiscales, con conexión directa a tu facturación.


¿Tienes dudas sobre este tema?

En DAPYME estamos para ayudarte.

Llámanos al 913 54 78 70 | 638 77 14 70 o escríbenos a info@dapyme.com

Av. Villaviciosa, 3, 28922 Alcorcón, Madrid


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