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Holding y fiscalidad: beneficios legales en 2025

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    DAPYME
  • 3 jun
  • 2 Min. de lectura

Imagen elegante y realista que muestra un equipo ejecutivo analizando documentación fiscal sobre holdings, con gráficos financieros sutilmente integrados
Holding con gráficos financieros

Holding y fiscalidad: beneficios legales en 2025


Constituir un holding no solo responde a razones organizativas o patrimoniales. En muchos casos, es una estrategia fiscal perfectamente legal para optimizar impuestos, distribuir dividendos sin penalización y planificar con inteligencia el crecimiento de un grupo empresarial.


¿Qué ventajas fiscales ofrece un holding?


1. Exención de impuestos sobre dividendos entre empresas del grupo


Una de las principales ventajas fiscales de un holding es la exención en el Impuesto sobre Sociedades por los dividendos que recibe de sus filiales.

Según el artículo 21 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS), esta exención puede alcanzar hasta el 95 %, siempre que:

  • La participación del holding en la filial sea al menos del 5 %.

  • Dicha participación se mantenga durante al menos 1 año.

  • La sociedad participada no esté radicada en un paraíso fiscal.

Ejemplo práctico: Si una filial reparte 100.000 € de dividendos a la sociedad holding, esta solo tributará por 5.000 €, generando un ahorro considerable.


2. Diferimiento de impuestos en la venta de filiales

El holding también puede beneficiarse de exenciones fiscales al vender participaciones en sus filiales, siempre que se cumplan requisitos similares: participación mínima del 5 % y mantenimiento durante 1 año.

En este caso, la plusvalía generada por la venta también puede gozar de exención parcial o total, lo que permite reinvertir en nuevos proyectos sin penalización fiscal inmediata.


3. Consolidación fiscal: compensación de beneficios y pérdidas

Si el grupo cumple ciertos requisitos, puede optar por el régimen de consolidación fiscal. Esto permite:

  • Presentar una única declaración del Impuesto sobre Sociedades para todas las sociedades del grupo.

  • Compensar pérdidas de unas empresas con beneficios de otras, lo que reduce la carga fiscal global.

Este régimen requiere autorización expresa y se aplica bajo supervisión de Hacienda.


4. Optimización en la sucesión y transmisión del negocio

En estructuras familiares, el holding permite una planificación patrimonial eficiente:

  • Se pueden donar o heredar participaciones del holding, sin necesidad de fragmentar las operativas.

  • Es posible aplicar reducciones en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones si se cumplen los requisitos para empresa familiar.

DAPYME puede ayudarte a configurar esta estrategia sin fisuras jurídicas.


5. Operaciones intragrupo y facturación interna

En determinados casos, el holding puede prestar servicios a sus filiales (como asesoría, contabilidad, informática, etc.) y facturarlos legalmente, lo que:

  • Distribuye gastos según la actividad real.

  • Permite controlar financieramente el grupo de forma centralizada.

Eso sí, dichas operaciones deben respetar los precios de mercado y declarar correctamente las operaciones vinculadas.


¿Es todo beneficio? Riesgos a evitar

No todas las estructuras de holding tienen ventajas automáticas. La Agencia Tributaria puede considerar simuladas o artificiosas aquellas que no tienen una razón económica real o buscan únicamente el ahorro fiscal.


Por eso, es clave:

  • Justificar adecuadamente la creación del holding.

  • Cumplir los requisitos formales y sustanciales.

  • Asesorarse profesionalmente para evitar errores o sanciones.


Un holding bien estructurado puede generar importantes beneficios fiscales para pymes, empresas familiares y grupos empresariales. Pero no se trata de una fórmula mágica, sino de una herramienta que debe usarse con rigor, visión y legalidad.


¿Tienes dudas sobre este tema? En DAPYME estamos para ayudarte.

Llámanos al 913 54 78 70 o escríbenos a info@dapyme.com

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